Resulta que, como buen españolito que ve la tele, hasta hoy he permanecido desinformado acerca de lo que se conoce como el "Fondo de Garantía" de que disponen bancos y cajas de ahorros en España (y en otro países) para hacer frente a posibles quiebras. Básicamente me he enterado de lo siguiente: existe un fondo creado por los propios bancos y cajas de ahorros de manera que si uno de ellos quiebra, se garantizan al cliente hasta 20.000 euros por cuenta corriente y entidad.
Es decir, supongamos que tienes en una cuenta corriente 21.000 euros, y tu banco o caja de ahorros quiebra. Por ley, parece ser (pero debes informarte en todo caso por tu cuenta, puesto que hablamos de tu dinero y yo no soy en esto una fuente fiable, ¡me he enterado hoy mismo!), digo, si tienes 21.000 euros y tu banco o caja de ahorros se declara en quiebra, tienes garantizado 20.000 euros como titular de una cuenta en dicha entidad.
Si tú y tu novia tenéis 21.000 euros en un banco y ambos figuráis como titulares de la cuenta, entonces cada uno de vosotros puede contar con los 20.000 euros de garantía, de modo que no perderéis vuestro dinero, puesto que 20.000 más 20.000 son 40.000, más que los 21.000 que tenéis en vuestra cuenta. Entonces, la situación es la siguiente. Según he leído la solución no pasa por llevarse el dinero "demás" del banco y ponerlo debajo de una baldosa.
La solución pasa por repartir el dinero en diferentes bancos, en diferentes entidades. De este modo, porque la garantía cubre por titular de cuenta y entidad. Si tienes 40.000 euros en una cuenta corriente en la que sólo tú figuras como titular y el banco quiebra, la garantía alcanza hasta los 20.000 euros, y esos son los que recibirás a la vuelta de unos tres meses, por lo visto. No es que pierdas los otros 20.000, pero te los deberá el banco quebrado.
Si tienes 40.000 euros en un banco y tú y tu novia figuráis ambos como titulares, entonces la garantía os cubre el dinero que tenéis: 20.000 por cada uno de vosotros igual 40.000 euros. Pero si tienes 41.000 euros en tu banco, las garantías tuya y de tu novia llegarán a 40.000... y por tanto perderás o no tendrás garantizado el cobro de los 1.000 euros restantes. De modo que la solución pasa por "paquetizar" el dinero de modo que nos aseguremos que nuestra garantía (y resto de titulares) cubren el dinero que tenemos en caso problemas.
No vale repartir el dinero en dos sucursales de la misma entidad, sino que tienen que ser entidades distintas: una el banco Popular y otra el banco Santander, por ejemplo. Ah, y una última cosa que viene a certificar el hecho de que deberías informarte en tu banco y echar tus propias cuentas: la garantía de que hablamos cubre el dinero de la cuenta corriente, hasta donde yo llego: no cubre, por ejemplo, el dinero de fondos de pensiones, fondos de inversión, etc.
Yo comprendo que a nadie esté descubriendo nada nuevo. De hecho, a poco que eches un vistazo sobre este asunto en tu buscador favorito, encontrarás más información. Encontrarás artículos al respecto, por cierto, de estos últmios días... no es cuestión de tirar de hemerotecas: se está tratando este asunto actualmente, como podrás comprobar, y acaso te interese hacerlo. La cosa es que yo no sabía esto hasta hoy, y, tengo el convencimiento de que otras personas tampoco lo saben, y de nada servirán después lamentaciones en la puerta del banco, si sucede lo peor.
Dos comentarios.
(1) Si tu banco se declara en quiebra, se te asegura (tal como ha explicado David) una cantidad de 20.000€ por el "Fondo de Garatía". Si tienes contraído un préstamo, Hipoteca o similar con ese mismo banco debes seguir pagando hasta la última peseta. Sin comentarios... ;-((((
(2) El "Fondo de Garantía de Depósitos" comentado, es para los bancos que estén suscritos a FGD español. Para los bancos españoles es obligatorio, pero para los extrangeros con sucursales en España esto no es obligatorio. Por ejemplo, ING Direct (hay más, pero este es uno de los más conocidos) NO ES UN BANCO ESPAÑOL y no está suscrito al FGD español. Por lo tanto hay que asegurarse de si el banco/caja donde tenemos el dineno es Español o está suscrito al FGD español.
¿Quiere decir esto que si hay quiebra y tengo el dinero en ING no voy a cobrar? NO. Lo que sí hay que hacer es asegurarse de si ese banco está suscrito a algun fondo de Deposito y las condiciones. En el caso de ING Direct (comentado) está suscrito al equivalente español y en el caso de Holanda la cifra es de 40.000€ en lugar de 20.000€.
Más info aquí: http://www.riesgoymorosidad.com/ing-direct-y-el-fondo-de-garantia-de-depositos/
Así que para los que tengáis dinero en otros bancos, no españoles, aseguraros de revisar o preguntar sobre este tema.
Un saludo.
________________ Germán Estévez
Por lo visto, los 20.000 euros de los bancos españoles es lo mínimo de todos los países europeos... también somos los peores en eso.
Por cierto, 20000, 40000,... ¿quién tiene ese dinero en su cuenta?, yo tengo sólo mi nómina, con suerte, y en la última semana de cada mes siempre tengo números negativos :(
Gracias por vuestros comentarios. Yo iba más bien en el sentido de que habrá gente que desconozca este asunto (¿No somos todos ignorantes, aunque unos de unas cosas y otros de otras?) y al cabo se pueda llevar las manos a la cabeza... porque intuyo que en su banco jamás le han dicho, "mire usté, tiene usté aquí una suma de dinero que supera el fondo de garantía existente, así que le aconsejamos que reparta su dinero en diferentes entidades"...
Está entrada está ya ligeramente desfasada:
España multiplica por cinco su fondo de garantía de depósitos bancarios.
Efectivamente, así es. Gracias Óscar por tu comentario. ;)
Os aconsejo escuchar la entrevista que le realizó Andreu Buenafuente a Leopoldo Abadía
Una explicación clara y simple de la actual crisis. Imperdible.